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Auxilio otorgado al asociado para cubrir los gastos propios o de un miembro de su grupo familiar primario que dependa económicamente de este, generados por el costo de medicamentos o implementos médicos recetados que no cubre el POS (Plan Obligatorio de Salud).
El asociado o un miembro de su grupo familiar primario.
El auxilio equivale al valor de los medicamentos hasta por 1/10 parte del SMMLV. El monto del auxilio podrá modificarse por decisión de la Junta Directiva y estará sujeto a la disponibilidad de recursos del fondo de bienestar social.